El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) publicó el 21 de septiembre la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Este plan, Madrid 360 o ZBEDEP, empezó a funcionar en fase de aviso durante los dos primeros meses (ese periodofinalizó el 11 de diciembre) ¿Cómo afecta Madrid 360?
Para incentivar el cambio a vehículos eléctricos, híbridos o que consumen combustibles alternativos se ha planteado una restricción progresiva de la circulación a los vehículos más contaminantes con la creación de Madrid Zona de Bajas Emisiones. Su aplicación será por anillos territoriales: comenzando por las zonas donde los niveles de contaminación son más elevados, con esto tenemos que entender, el interior de la M-30.
Madrid 360 prohibe la circulación por la capital a partir de 2025 a todos los vehículos sin etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT). A eso hay que añadir, que en la zona del distrito Centro se prohíbe el acceso a los vehículos con clasificación ambiental A (motores diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina previos al año 2000) y a aquellos con clasificación ambiental B y C si no estacionan en un aparcamiento de uso público o privado.
¿Qué tiene de nuevo esta normativa?
-El calendario de prohibiciones de Madrid 360 es el siguiente:
- A partir del 1 de enero de 2022, ha quedado prohibido el acceso y
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circulación en el interior de la M-30, excluyendo la propia M-30 a los coches sin distintivo ambiental de no residentes.
- A partir del 1 de enero de 2023, se prohibirá el acceso y circulación dentro de la propia M-30 al mismo conjunto de coches.
- A partir del 1 de enero de 2024, quedará prohibido el acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas en todo el municipio de Madrid (llamado con Madrid 360: Madrid ZBE)
- A partir del 1 de enero de 2025 la prohibición se extenderá a los vehículos A de residentes.
Entonces ¿quiénes pueden entrar en Madrid con su coche?
- Las personas empadronadas en Distrito Centro podrán circular libremente con su coche por el interior de Madrid Central y estacionar en el SER en su barrio, si dispone de autorización, o fuera previo pago de la tasa en parquímetros.
- Los conductores con vehículos con distintivo ambiental CERO emisiones podrán circular y estacionar en zona SER sin restricción horaria.
- Los conductores con vehículos con distintivo ambiental ECO podrán entrar y estacionar en la zona SER un máximo de dos horas.
- Los conductores con vehículos con distintivo ambiental B o C podrán acceder únicamente para aparcar en un aparcamiento de uso público, garaje privado o reserva de estacionamiento no dotacional, salvo que sean vehículos de invitados autorizados por los residentes, de personas con movilidad reducida, servicios esenciales o servicios profesionales que presten o presten suministros dentro del horario y con sujeción al calendario establecido.
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Consúltalo en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid: siempre y cuando tengas Cl@ve PIN, disponer de la Cl@ve, DNI o certificado electrónico.
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